Proceso de cobranza de una multa electoral

El Jurado Nacional de Elecciones tiene la facultad exclusiva de cobrarte las multas electorales por omisión al sufragio o a la instalación de la mesa de sufragio.

Estas acciones administrativas son realizadas por la unidad de cobranza, que tiene a su cargo dos procedimientos: el sancionador y el de ejecución coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros.

Etapas del proceso de cobranza

1. Notificación de multa

Recibirás esta primera notificación al domicilio que está registrado en tu DNI. A partir de la fecha de notificación, tendrás 15 días hábiles para interponer recursos administrativos o pagar la multa electoral. Si impugnas la multa, continúa el procedimiento hasta que se agote la vía administrativa o pagues, dándose por extinguida la obligación.

2. Notificación de cobranza coactiva

Si no pagaste ni impugnaste la multa después de 15 días hábiles, se te enviará una notificación de cobranza coactiva al domicilio registrado en tu DNI.

3. Cobranza coactiva

Una vez notificada la resolución de ejecución coactiva, deberás cancelar la deuda en el plazo de 7 días hábiles. Puedes pagarla en el Banco de La Nación, en la plataforma Págalo.pe o en las cajas del JNE, ubicadas en sus oficinas de Av. Nicolás de Piérola 1070, Lima o Jirón Pachacútec 890, Jesús María.

Terminado dicho plazo, el ejecutor podrá ordenar medidas de embargo establecidas en el Artículo 33° del TUO de la Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. Una de las medidas de embargo es la retención de cuentas bancarias.