Solicitar poder fuera de registro en el extranjero
Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones administrativas u otras vinculadas con el cobro de ciertos montos de dinero, debes solicitar un poder fuera de registro en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.
Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:
- Realizar gestiones administrativas (solicitar documentos, cobrar cheques, trámites municipales o ante distintas instituciones, cobrar pensión de jubilación, viudez, cesantía, entre otros).
- Cobrar montos superiores a media UIT o S/ 2,750.00 hasta 3 UIT o S/ 16,500.00 en bancos, AFP, ONP, etc.
Este tipo de poder no se puede inscribir en los Registros Públicos por ser un instrumento público notarial extra protocolar.
Asegúrate de consultar previamente con la entidad pública o privada donde presentarás el poder para confirmar su validez. Además, considera que el poder tiene vigencia de un año.
Requisitos
- Documento de identidad (DNI para ciudadanos peruanos, pasaporte o carnet de extranjería vigente para ciudadanos extranjeros).
- Datos de la persona a la quieres brindar el poder (nombres, apellidos y número de documento de identidad).
- Documento en el cual detallas las facultades que deseas otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado.
- Si se trata de depósito o retiros de determinada cuenta bancaria, es necesario que se presente con claridad el número y los datos generales de dicha cuenta.
- Si eres una persona mayor de 75 años, debes adjuntar un certificado médico otorgado por un neurólogo o psiquiatra que acredite el perfecto estado de tu salud mental. Este certificado no exime al Cónsul de solicitar un examen de capacidad adicional.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Saca cita
Envía un correo electrónico a consulado@embaperu.org con tus datos, los datos de la persona a la que deseas otorgar el poder y copia escaneada o foto de los documentos señalados en los requisitos. Una vez se compruebe que la documentación e información enviada se encuentra conforme y completa, la cita será confirmada directamente al correo electrónico de quien otorga el poder (poderdante).
2. Ve al consulado
El día de la cita dirígete a la sede de la oficina consular ubicada en la Calle 8 No. 307 entre 3ra. y 5ta. Miramar, Playa - La Habana, llevando los documentos originales que enviaste por correo. El funcionario consular revisará tu documentación, atenderá tus consultas y, si todo está conforme, continuarás con el trámite.
El proceso dura aproximadamente 4 horas
3. Paga el derecho a trámite
Realiza el pago de € 25.00 o € 10.00 si el poder es para un cobro de pensión. En caso de existir más de un poderdante o apoderado, debes pagar € 10.00 por cada persona adicional conforme lo indicado en el tarifario consular. El pago es efectivo y no se da vuelto.
4. Recoger el documento
En la fecha indicada, aproximadamente en 5 días hábiles, acércate a la oficina consular para obtener tu testimonio de la escritura pública.
Para utilizar este documento en el Perú, el titular deberá legalizarlo en la sede principal de Trámites Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ubicada en Pasaje Acuña 155 , Lima, o en cualquiera de sus oficinas desconcentradas en provincia.
Conoce más sobre los trámites y servicios de la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República de Cuba