Solicitar poder por escritura pública como persona natural en el extranjero
Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones vinculadas con la transferencia de propiedad (muebles e inmuebles), actos judiciales, venta de acciones, constitución de empresas, rectificación de partidas de nacimiento, entre otros, debes solicitar un poder por escritura pública en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.
Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:
- Disponer de todos tus bienes.
- Representarte en procesos judiciales.
- Transferir propiedad (muebles e inmuebles).
- Vender acciones.
- Constituir empresas.
- Rectificar partidas de nacimiento.
- Otros actos previstos por ley y cuyos pagos o cobros que sean mayores de 3 UIT o S/ 16,500.00 .
Ten en cuenta que este poder no tiene una vigencia establecida, salvo que la estipules en el documento o lo revoques mediante otra Escritura Pública.
Requisitos
- Documento de identidad original y vigente (DNI para ciudadanos peruanos, pasaporte o carnet de extranjería vigente para ciudadanos extranjeros).
- Datos de la persona a la que quieres otorgar el poder (nombres, apellidos y número de documento de identidad).
- Copia escaneada del DNI de la persona a la que quieres otorgar el poder.
- Datos de la persona que hará el registro del poder en Registros Públicos (nombres, apellidos y número de documento de identidad), precisando si será en Lima o en alguna provincia en el Perú.
- Minuta redactada por abogado peruano con la indicación de las facultades que deseas otorgar a través del poder.
- Si eres una persona mayor de 75 años, debes adjuntar un certificado médico otorgado por neurólogo o psiquiatra que acredite el perfecto estado de su salud mental. Este certificado no exime al Cónsul de solicitar un examen de capacidad adicional.
- En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un bien inmueble, deberás contar con la copia literal de la inscripción del inmueble en los registros públicos emitida como máximo hace una semana.
- En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un vehículo, deberá contar con la tarjeta de propiedad del vehículo.
- En caso de otorgar un poder relativo para separación o divorcio, contar con el acta original de matrimonio peruana.
- En caso de otorgar un poder para sucesión intestada (declaratoria de herederos), contar con el acta original de defunción de la persona fallecida.
- En caso de otorgar un poder para ampliar, aclarar o revocar un poder, contar con la ficha de registros públicos donde está anotado el poder que se quiere ampliar, aclarar o revocar.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 6 pasos:
1. Saca cita
Enviar un mensaje por correo electrónico a consulado@embaperu.org con tus datos, los datos de la persona a la que deseas otorgar el poder y copia escaneada o foto de los documentos señalados en los requisitos. Una vez se compruebe que la documentación e información enviada es conforme y completa, la cita será confirmada al correo electrónico de quien otorga el Poder (poderdante) en un plazo aproximado de quince (15) días hábiles.
2. Ve al consulado
El día de tu cita, asiste 15 minutos antes del horario agendado, llevando los documentos requeridos en original, a la sede de la oficina consular, ubicada en Calle 8 No. 307 entre 3ra. y 5ta. Miramar, Playa La Habana. Identifícate con tu DNI; si eres extranjero, puedes hacerlo con tu pasaporte o cédula de identidad.
3. Entrega de los requisitos
Acércate al orientador e indica que cuentas con una cita agendada con la oficina de Escrituras Públicas. Espera al llamado en la ventanilla correspondiente. Entrega la documentación al funcionario, quien la evaluará y responderá tus consultas. Si todo está en orden, procederás con el trámite. El proceso tiene una duración aproximada de cuatro (04) horas.
4. Paga el derecho a trámite
Según la naturaleza de la escritura pública, y de acuerdo a lo indicado en el tarifario consular, el precio varía:
- Escritura pública de poder amplio o general: € 45.00 .
- Escritura pública de poder especial: € 45.00 .
- Testimonio: € 16.00 .
- Hoja adicional de testimonio: € 8.00 .
- Si este proceso necesita que más de una persona otorgue el poder u otorgar poderes a más de una persona, se deberá pagar € 8.00 por cada una.
En ese sentido, el precio aproximado puede oscilar entre € 120.00 y € 150.00 . El funcionario te indicará el monto a cancelar en efectivo, no se da vuelto.
5. Paga la inscripción a la Sunarp
Una vez el consulado presente el parte electrónico de tu poder por escritura pública ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), recibirás un correo electrónico con el precio correspondiente para pagarlo por internet. Sigue las instrucciones, para abonar el monto con una tarjeta de crédito o débito. Cuando pagues la tasa, la Sunarp inscribirá tu poder.
6. Recoge el documento
En la fecha indicada, aproximadamente en 5 días hábiles, acércate a la oficina consular para obtener tu testimonio de la escritura pública.
Finalmente, para usar este documento en nuestro país, deberás enviarlo físicamente por correo postal u otro medio al Perú y legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Conoce más sobre los trámites y servicios de la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República de Cuba