Aporte por Regulación al OSIPTEL

Personas obligadas a tributar por regulación

Las personas naturales o jurídicas, denominadas empresas operadoras (entre las que se comprende a las empresas comercializadoras), que cuenten con una concesión o un registro para la explotación de 1 o más servicios públicos de telecomunicaciones están obligadas a presentar Declaraciones Juradas del Aporte por Regulación al Osiptel.

Estas declaraciones deben presentarse aún cuando la empresa no haya generado ingresos gravados o cuando en determinado periodo no exista la obligación de pago del aporte. En esos casos, la empresa deberá presentar una declaración jurada con aporte 0.

Mediante el Decreto Supremo N° 134-2021-PCM, se determina que a partir del periodo 2022 en la misma declaración jurada se diferenciará la base imponible por tipo de servicios.