Otorgamiento de incentivos del Oefa
El régimen de incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa) promueve las buenas prácticas ambientales implementadas por las empresas para la reducción o prevención de los impactos negativos en el ambiente y la degradación de los recursos naturales.
Para acceder a ellos, las empresas deben:
- Tener inscripción vigente en el Registro de Buenas Prácticas, el reconocimiento del OEFA a las empresas que cumplen con la normativa ambiental.
- Sustentar al menos una práctica ambiental sostenible de reducción o prevención de impactos negativos al medio ambiente adicional a lo exigido en la normativa o compromiso ambiental.
- La buena práctica debe encontrarse implementada y en operación.
Fases del régimen de incentivos:
- Recepción de documentos y pre evaluación: se recepciona, verifica, ordena y clasifican los documentos, para luego realizar la evaluación técnica preliminar, la cual identifica y analiza las características relevantes de la buena práctica. Finalmente, se elabora un resumen que refleja los resultados de dicha evaluación.
- Verificación en campo: el jurado calificador verifica en campo las buenas prácticas presentadas y emite el informe de resultado.
- Evaluación, calificación y elaboración del Ranking de Excelencia Ambiental (Real): el jurado calificador de incentivos, evalúa y califica las buenas prácticas inscritas, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y la escala de calificaciones e incentivos. Los resultados de la evaluación y calificación son expresados en orden de mérito en el Real.
- Difusión y otorgamiento de incentivos: se organizará una ceremonia pública para reconocer y otorgar los incentivos honoríficos y económicos a los representantes de los titulares de las unidades fiscalizables calificadas.
Criterios de evaluación para el régimen de incentivos:
- La magnitud de los perjuicios y daños ambientales evitados por las medidas o procesos implementados: se consideran aspectos relacionados con la magnitud (extensión) del impacto ambiental evitado, teniendo en cuenta que este debe ser superior a lo exigido en el Instrumento de Gestión Ambiental.
- La mejora o recuperación de ambientes degradados: se consideran aspectos relacionados con el impacto en la recuperación de ambientes degradados preexistentes a la actividad del postulante o la mejora de la calidad de algún componente ambiental respecto de lo registrado en la línea base.
- La innovación tecnológica en los procesos o medidas implementadas: se considerarán aspectos relacionados con la implementación de procesos o productos nuevos o significativamente mejorados. Un factor importante en la calificación es el grado de novedad de los procesos o medidas implementadas.
- La sostenibilidad y la posibilidad de replicar las medidas o procesos implementados: se consideran aspectos relacionados con los medios para garantizar las operaciones durante todo el ciclo de vida de la práctica, así como la posibilidad de replicarla en otras unidades fiscalizables.
- El alcance de los beneficios generados a favor de la sociedad por las medidas o procesos implementados: se consideran aspectos relacionados con la identificación del número de personas beneficiadas por la práctica y los beneficios que recibe la comunidad.
Las empresas que superan lo exigido por sus obligaciones ambientales reciben incentivos honoríficos que consisten en el reconocimiento anual Qumir Rapi y la ubicación en el Ranking de Excelencia Ambiental (Real). A las empresas que alcanzan puntajes iguales o mayores a 84, se les otorga el sello anual Qumir Kawsay o Vida Verde.
Los incentivos económicos son los Certificados de Descuento sobre Multas (CDM), para las unidades cuyas prácticas ambientales logran calificaciones mayores o iguales a 36 puntos. Son de carácter transferible, y con vigencia de 4 años desde que son otorgados.