Mitos sobre la extensión de la vida útil de las vacunas contra la covid-19

Es importante recordar que la vida útil de una vacuna depende del periodo durante el cual se espera que una vacuna, si se almacena correctamente, conserve las especificaciones establecidas.

En el caso de las dosis contra la COVID-19, aprobadas con Registro Sanitario Condicional, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), mediante resolución directoral, autoriza la ampliación de la fecha de vencimiento sustentado en estudios de estabilidad actualizados. De esta manera, la efectividad se mantiene debido a que las investigaciones demuestran que sus propiedades continúan para la etapa de prolongación.

Mito 1: Todos los establecimientos de salud usan vacunas contra la COVID-19 vencidas y ponen en riesgo la vida de las personas.

Falso. El Minsa solo aplica vacunas contra la COVID-19 seguras, efectivas y de calidad garantizada.

La vacuna que se administra en los centros y puntos de vacunación son: vacunas cuya vida útil ha sido ampliada en base a datos de estudios de estabilidad del mismo laboratorio fabricante y autorizada por la Digemid y otras entidades reguladoras como la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos de América (FDA).

Mito 2: Las vacunas contra la COVID-19 que se usan en el Perú están vencidas.

Falso. Las vacunas contra la COVID-19 que a la fecha se administran por el Minsa se encuentran vigentes, por cuanto la Digemid ha autorizado la extensión de vida útil.

Mito 3: La vida útil de las vacunas es definida por el establecimiento de salud.

Falso. La vida útil se determina a través de estudios de estabilidad que realizan los fabricantes y la autorizan las entidades reguladoras como la EMA, FDA y DIGEMID para el caso del Perú.

Los estudios de estabilidad demuestran que las propiedades de la vacuna se encuentran conformes en un periodo determinado.

Los resultados de estos estudios se presentan a las entidades regulatorias antes citadas y son evaluados por profesionales expertos, quienes deciden si se autoriza la extensión de vida útil propuesta por el fabricante.

En Perú, la Digemid ha autorizado la solicitud de extensión de la vida útil (ampliación de uso) de las vacunas contra la covid-19, siempre que se conserve en las condiciones de almacenamiento autorizadas.

Es necesario indicar que las vacunas de Pfizer y Moderna también han obtenido su ampliación de uso por las agencias reguladoras como la EMA y FDA.

Mito 4:  Se deben desechar los frascos de vacunas contra la COVID-19 que tienen fechas vencidas.

Falso. Debido a que se trata de vacunas nuevas, de desarrollo reciente, que siguen siendo sometidas a estudios de estabilidad y los resultados de estos estudios son las que permiten confirmar que su vigencia se extienda.

Además, no se puede retirar la etiqueta de los frascos porque se podría afectar la cadena de conservación de la vacuna, generar ruptura de la cadena de frío y por ende, echaríamos a perder la vacuna y las posibilidades de salvar millones de vidas.

Mito 5: Una vacuna contra la COVID-19 con extensión de vida útil no protege.

Falso. La vacuna con extensión de vida útil conserva las mismas propiedades de protección para las formas severas de la COVID-19. Las investigaciones demuestran que siguen siendo efectivas, por ello las entidades reguladoras internacionales como la FDA y la EMA han dado su aprobación.

Mito 6: Solo Perú ha ampliado la vida útil de las vacunas.

Falso. Todos los países del mundo que utilizan vacunas bivalentes han extendido la vida útil de sus vacunas contra la COVID-19, con las evidencias científicas que han presentado los fabricantes y el respaldo de la FDA y la EMA. Esto puede verificarse en la web de la entidad reguladora de cada país.

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