Reparación para las Víctimas de la Violencia del Periodo Mayo 1890 a Noviembre 2000 (Ley N.° 28592)
Conoce los programas de reparación dirigidos a las víctimas de la violencia ocurrida entre mayo de 1980 y noviembre de 2000, en el marco de la Ley N.° 28592. Aquí encontrarás información sobre los beneficios, la normativa regional aplicable, material informativo y los canales de atención disponibles.
Mediante Ley N° 28592 y su reglamento aprobado con DS N° 0115-2006-JUS, el Estado creó el Plan Integral de Reparaciones (PIR) el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos que permiten que las víctimas civiles, policiales y militares que sufrieron afectaciones que violan normas de los Derechos Humanos tales como: desaparición forzada, secuestro, ejecución extrajudicial, asesinato, desplazamiento forzoso, detención arbitraria, reclutamiento forzado, tortura, violencia - violación sexual, indocumentación, menores integrantes de los Comités de Autodefensa, así como a los familiares de las personas fallecidas y desparecidas, comunidades y grupos organizados de desplazados afectados en el período Mayo 1980 a Noviembre 2000; puedan acceder a los programas de reparación establecidos en el PIR.
Para ejercer el derecho a la reparación las víctimas deben estar acreditadas por el Consejo de Reparaciones. Esta acreditación debe ser gestionada de manera personal y gratuita en las oficinas de Registro Único de Víctimas -RUV- las cuales fueron creadas para identificar a las víctimas.
Las entidades encargadas de implementar el PIR son los Ministerios que integran el poder ejecutivo en el gobierno nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos locales y demás entidades estatales, de acuerdo a sus competencias.
La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -SE-CMAN- efectúa el seguimiento a la implementación de los siete programas establecidos en el Plan Integral de Reparaciones -PIR-
Programas de Reparación:
Reparación en Salud
Este programa se implementa bajo la rectoría del Ministerio de Salud (MINSA), en articulación con las Direcciones Regionales de Salud, Seguro Social de Salud - EsSalud; las Sanidades de las Fuerzas Armadas (FFAA) y de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Reparaciones en Educación
Este programa se implementa a través del Ministerio de Educación. Las Víctimas acreditadas o sus familiares a quienes se les transfirió la reparación (acreditados en el Registro Especial de Beneficiarios en Educación - REBRED) acceden a esta medida a través de la oferta educativa concursable y accesos diferenciados establecidos en las Convocatoria a los COAR, institutos Pedagógicos, Tecnológicos, CETPROS y Universidades públicas del país; igualmente a través del Programa BECA 18 modalidad REPARED, y otras que ofrece PRONABEC
Reparación en Acceso Habitacional
Este programa se implementa a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y está dirigido a las víctimas reconocidas por la afectación de desplazamiento forzoso y/o pérdida de vivienda; a través de Bonos habitacionales Familiares ofertados por el Programa Techo Propio del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en alguna de las siguientes modalidades: Construcción en sitio propio, Adquisición de vivienda nueva y Mejoramiento de vivienda.
Reparación Económica
Se otorga por única vez un monto dinerario para cada víctima causal de las afectaciones de: desaparición forzada, asesinato, violación sexual o discapacidad permanente donde, -en el caso de una víctima fallecida o desaparecida-, el 50% del monto se otorga al cónyuge o concubino, y el otro 50% se distribuye en partes iguales entre los otros familiares directos inscritos en el RUV: padres e hijos/as. (Decreto Supremo N° 051-2011-PCM)
Reparación en Restitución de Derechos
Considera la regularización de la situación legal de las personas que sufrieron procesos penales, la formalización o regularización de la propiedad y exoneraciones de pago de tasas judiciales, registrales, municipales, para todos los afectados por el proceso de violencia.
Reparación Simbólica
Orientado a restaurar el lazo social quebrado por la violencia, entre el Estado y las personas, favoreciendo la reconciliación nacional y el fortalecimiento de un sentimiento de solidaridad de la sociedad peruana hacia las victimas
Reparación Colectiva
Dirigida a las comunidades campesinas, nativas, centros poblados y de desplazados no retornantes inscritos en el RUV, quienes se benefician con la ejecución de un Proyecto productivo o de infraestructura, con aporte económico de 100 mil soles.
Información complementaria
- Normativa Regional emitida por el Gobierno Regional de Apurímac: Consulte las normas regionales relacionadas con los programas de reparación.
Ver normativa - Normativa Regional emitida por las diferentes sectores: Acceda a documentos, normas y material informativo emitidos por entidades públicas.
Ver documentos - Dípticos de los Programas de Reparación: Acceda al material informativo sobre los programas de reparación.
Ver dípticos - Canales de Atención: Consulte los canales de atención y orientación disponibles.
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