Suspensión preventiva de actividad extractiva

Pronunciamiento

17 de mayo de 2024

Suspensión preventiva de actividad extractiva
 
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 024-2016-PRODUCE, comunica la siguiente medida de excepción:

DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 17:00 horas del 17 de mayo de 2024 hasta las 17:00 horas del 22 de mayo de 2024, en la zona de pesca que se indica a continuación:

Entre los 13°25'S a 14°05'S y de 76°17'W a 76°42'W del dominio marítimo (frente a Pisco - Ica).

Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 118-2024-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero.

Documentos

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