Las empresas de transporte terrestre deben activar de inmediato el SOAT o el CAT a favor de los pasajeros afectados por un accidente

Nota de prensa
El Indecopi recuerda a consumidores cuáles son los seguros que los protegen ante un siniestro.
Las empresas de transporte terrestre deben activar de inmediato  el SOAT o el CAT a favor de los pasajeros afectados por un accidente

15 de mayo de 2024 - 12:59 p. m.

Con el fin de salvaguardar los derechos de los consumidores en el sector transporte, ante la ocurrencia de accidentes u otro tipo de siniestros, la Comisión de Protección al Consumidor n°1 del Indecopi recuerda que todas las unidades deben contar con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) ofrecido por la Asociación Fondos Contra Accidentes de Tránsito (Afocat).
 
Cualquiera de estos seguros, según lo contratado por el proveedor, deben ser activados, de manera automática, sin la necesidad de investigación policial o un pronunciamiento previo por alguna autoridad.
 
Tanto el SOAT o el CAT cubren los daños ocasionados a los ocupantes del vehículo (incluye al conductor, pasajeros y transeúntes afectados) que sufrió el accidente de tránsito, más no los daños o pérdidas materiales generados a dicha unidad.
 
De existir heridos, deben ser trasladados al centro de salud más cercano, público o privado, para ser atendidos de forma inmediata. En el centro de salud, se generará un reporte para la aseguradora y esta emitirá las cartas de garantía para la cobertura de los tratamientos, exámenes y consultas.
 
La ley otorga un plazo de 2 años para el cobro de las indemnizaciones; por lo cual, es necesario que las víctimas de un accidente de tránsito o sus familiares directos se acerquen dentro de dicho plazo para el pago de los beneficios que les corresponden.
 
Asimismo, de producirse alguna situación que impida o retrase el viaje, los pasajeros tienen derecho a ser informados de manera oportuna sobre las razones y el tiempo probable de espera, entre otros derechos que los amparan.
 
El Indecopi reitera a los ciudadanos que, si tienen problemas con el proveedor del servicio de transporte, deben pedir el Libro de Reclamaciones o acudir a la oficina de atención al ciudadano del Indecopi más cercana para presentar su caso o a través de los siguientes canales: 
 
•             Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe   
•             Reclama Virtual: https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/  
•             Teléfonos: 224-7777 (Lima) y 0800-4-4040 (provincias)
 
 
 
Lima, 15 de mayo de 2024