FUTURAS UNIVERSIDADES DEBERÁN CUMPLIR NUEVAS CONDICIONES BÁSICAS de CALIDAD PARA OBTENER LICENCIA DE LA SUNEDU

Comunicado
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27 de mayo de 2020 - 12:00 a. m.


La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), a raíz de la publicación del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento para Universidades Nuevas, informa a la comunidad universitaria y a la opinión pública, lo siguiente:


1. El reglamento publicado tiene la finalidad de que todas las nuevas instituciones, públicas o privadas, que deseen ofrecer el servicio de educación superior universitaria en el país, cumplan con las Condiciones Básicas de Calidad que exige la Ley Universitaria.


2. Este nuevo modelo de evaluación es más exigente y busca resguardar la oferta ya verificada a través de la primera etapa de licenciamiento, en cumplimiento del principio de mejora continua que rige el actual sistema universitario y la labor de la SUNEDU.


3. El cumplimiento de las 6 Condiciones Básicas de Calidad necesarias para poder funcionar se realizará mediante un proceso administrativo electrónico, en un plazo de 120 días hábiles, y evaluará las siguientes características:

Condición I: Modelo educativo

Condición II: Constitución, gobierno y gestión de la universidad

Condición III: Oferta educativa coherente y sostenible

Condición IV: Propuesta en investigación

Condición V: Responsabilidad social universitaria y bienestar universitario

Condición VI: Transparencia


4. Asimismo, si bien la normativa prevé que aquellas universidades que no obtuvieron la licencia institucional puedan presentarse a este nuevo procedimiento, esto no significa una “segunda oportunidad” o un debilitamiento de la evaluación de la SUNEDU, ya que dichas casas de estudio deberán haber cumplido con todas las obligaciones relativas a su plan de cese, que debe realizarse en un plazo máximo de dos años. Asimismo, se presentarán a una evaluación más rigurosa que la anterior.

 


Lima, 27 de mayo del 2020