Implementación del SCI

Informe

5 de diciembre de 2019

  • Mediante Acta de Priorización de Productos del SCI del 30.10.2019, se acordó que los productos de la SMV tomarán como base el Plan Estratégico Institucional (PEI), en donde se identificaron las acciones estratégicas derivadas de los objetivos estratégicos de tipo uno (1) referido a bienes o servicios finales entregados a los usuarios externos a la entidad (Ciudadanía).

  • Considerando estos lineamientos, la SMV ha cumplido con el registro oportuno de los productos indicados en la referida normativa, mediante el Aplicativo Informático de la Contraloría, totalizando hasta el mes de diciembre del año 2020, 4 productos identificados con sus respectivos planes de tratamiento de riesgos.

  • Sin embargo, mediante la Resolución de Contraloría N° 093-2021-CG del 30.03.2021, se modifica la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG, “Directiva de Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, la cual indica para el eje Gestión de Riesgos que las entidades deberán priorizar sus productos únicamente tomando como criterio el Presupuesto Asignado para su ejecución, debiendo incorporar progresivamente aquellos que tienen mayor presupuesto.

  •  Ante esta situación, la SMV realizó una nueva priorización, tomando como base las acciones estratégicas, tal como se detalla en el Informe N° 535-2021-SMV/07 del 27.05.2021.

  •  Finalmente, de acuerdo a las disposiciones normativas antes mencionadas, la SMV viene cumpliendo con todas las disposiciones requeridas para la implementación del Sistema de Control Interno, cuyos plazos y acciones, son los siguientes:

Esta publicación pertenece al compendio Sistema de Control Interno (SCI)

Documentos

Vista preliminar de documento Informe_Retroalim_MC_SCI_2019_4

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Vista preliminar de documento 2_Implementacion_del_SCI_CGR_May-2020_2

2_Implementacion_del_SCI_CGR_May-2020_2

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