Resolución de Presidencia N.° 000043-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

13 de mayo de 2024

Artículo 1.- Reconstituir el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, el cual estará conformado de la siguiente manera:

- El/la Presidente del Consejo Superior del SINEACE, quien lo presidirá
- El/la Gerente General.
- El/la Jefe/Jefa de la Oficina de Administración, quien ejercerá la Secretaría Técnica.
- El/la Jefe/Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Acreditación del IPEBA.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Certificación del IPEBA.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Acreditación del CONEACES.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Certificación del CONEACES.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Acreditación del CONEAU.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Evaluación y Certificación del CONEAU.
- El/la Director/Directora de la Dirección de Capacitación Selección y Supervisión del CONEAU.

Artículo 2.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del SINEACE a que se hace mención en el artículo 1 de la presente Resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley Nº 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM.

Artículo 3.- El/la Jefe/Jefa de la Oficina de Recursos Humanos y el/la Jefe/Jefa de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Sineace, en el marco de sus competencias, brindan las facilidades para coordinar sus actividades respectivas, para lo cual asistirán a las reuniones que la Secretaría Técnica convoque.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Administración remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD.

Artículo 5.- Disponer la notificación de la presente Resolución a los integrantes del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Sineace y su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia

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