Preguntas frecuentes sobre los instrumentos para la Contratación CAS

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5 de enero de 2024

Los instrumentos CAS aprobados mediante Resolución 107-2011-SERVIR/PE estarán vigentes a partir del 28 de febrero de 2012 (Resolución 170-2011-SERVIR/PE), por lo que es facultad de cada entidad aplicarlos antes de la fecha de entrada en vigencia.

De la convocatoria


¿Por qué se ha aprobado el modelo de convocatoria para la contratación CAS?
El objetivo principal de las nuevas reglas sobre la convocatoria del régimen CAS es que se pueda contratar bajo dicho régimen mediante reglas mucho más claras, verificables y con la mayor participación de postulantes, lo que garantiza un procedimiento meritocrático y transparente.

¿Qué debe contener la publicación de convocatoria de personal CAS?
La convocatoria debe incluir principalmente el cronograma y las etapas del procedimiento de contratación, los mecanismos de evaluación, los requisitos mínimos a cumplir por el postulante y las condiciones esenciales del contrato.

¿Qué se considera como otras condiciones esenciales del contrato CAS?
Como lo menciona el instructivo de la convocatoria CAS, solo se añaden otras condiciones esenciales del contrato en la convocatoria, cuando su conocimiento sea fundamental para el postulante y/o difiera de los términos usuales de las condiciones de trabajo, como por ejemplo, horario nocturno, asignaciones extraordinarias, viajes constantes fuera del departamento en donde se ubica la entidad, etc. En caso no sea necesaria esta información por no presentarse las características arriba señaladas, se dejará en blanco.

Del proceso de selección


¿Qué son los requisitos mínimos y cómo operan?
Los requisitos mínimos son aquellas condiciones indispensables que debe reunir un postulante para ser admitido y participar en el proceso de selección. Los requisitos mínimos se refieren al cumplimiento del perfil del puesto.

¿Qué es el perfil del puesto?
Comprende los requisitos que deben cumplirse para desempeñar las funciones que un puesto/cargo requiere. Abarca la formación académica, experiencia laboral, habilidades técnicas y competencias.

¿Cuáles son las evaluaciones obligatorias en el proceso de selección del personal CAS?
Para el caso de las convocatorias CAS, sólo son obligatorias la evaluación de la hoja de vida o curricular y la entrevista. Si la entidad lo considera necesario, podrá prever en la convocatoria del proceso de selección otras evaluaciones adicionales, tales como la evaluación psicológica o la evaluación técnica.

¿Cómo se realiza la evaluación de la hoja de vida o curricular?
La evaluación de la hoja de vida o curricular es la primera evaluación del proceso de selección, donde se calificará al postulante como apto o no apto. Esta calificación dependerá de su cumplimiento o no del perfil del puesto requerido. El resultado de esta evaluación (mediante la calificación de apto o no apto) se publicará.
Si el postulante es calificado como apto, se asignará pesos y/o ponderados a su experiencia, cursos o estudios de especialización y a otros factores de ser el caso; puntajes que sumarán al puntaje final del candidato.

De la publicación de resultados


¿Cuál es la etapa sin puntaje?
La etapa sin puntaje, es la etapa en la que a través de la calificación apto/no apto se verifica si el postulante cumple con los requisitos mínimos del perfil del puesto. La verificación de los requisitos mínimos es la única evaluación sin puntaje.

¿Cuál es la etapa con puntaje?
Comprende todas las evaluaciones del proceso, a excepción de la verificación de los requisitos mínimos la cual no tiene puntaje. En el caso de la evaluación psicológica el puntaje es referencial y no es computable para la ponderación del puntaje final.

¿Cuánto tiempo se publican los resultados?
Cada entidad determinará el tiempo necesario para la publicación de los resultados.

Vigencia y plazo del nuevo contrato CAS


¿Desde cuándo está vigente el nuevo contrato, el modelo de convocatoria y los lineamientos del poder disciplinario para trabajadores CAS?
Desde el 01 de noviembre del 2011, según lo dispuesto por Resolución de Presidencia Ejecutiva 108-2011-SERVIR/PE.

¿Existe la renovación automática de los contratos CAS?
No, todas las renovaciones serán determinadas por decisión de la entidad y el trabajador.

¿Qué sucede si no se cumple con el plazo de notificación o aviso de la no prorroga del contrato CAS?
La omisión de este plazo no genera la obligación de renovar o prorrogar el contrato CAS.

De la modificación del contrato CAS


¿Las entidades pueden modificar el contrato CAS unilateralmente?
Si, por razones objetivas debidamente justificadas, se puede modificar unilateralmente el lugar, tiempo y modo de la prestación de servicios, sin que ello suponga celebrar un nuevo contrato CAS.
La modificación del lugar no incluye variación de la provincia o de la entidad en la que se presta servicios; la modificación del tiempo, no incluye la variación del plazo del contrato; la variación del modo, no incluye la variación de la función o cargo ni del monto de la retribución pactada.
Cabe agregar que si bien la variación de la función o cargo no puede realizarse mediante una modificación del contrato CAS, mediante modificación sí se pueden incorporar funciones adicionales a las originalmente pactadas de manera temporal o permanente, siempre y cuando dichas funciones están directamente relacionadas con las actividades para las que fue contratado el trabajador.

La conformidad del servicio


¿Se debe seguir emitiendo la conformidad de servicios?
No. Al reconocer al CAS como un régimen de contratación laboral, ya no se requiere la conformidad de servicios. En tanto nos encontramos dentro de una relación laboral, la entidad como empleadora tiene la facultad de supervisar las labores del trabajador, pudiendo exigir la aplicación y cumplimiento de sus labores. Al término de la relación laboral, la entidad deberá entregar una constancia de trabajo al trabajador.

De la emisión de recibos por honorarios


¿Se debe seguir emitiendo recibo por honorarios?
Si, en tanto el ingreso que perciben los CAS es considerado renta de 4ta categoría, se debe emitir recibo por honorarios a la entidad.

¿La entidad debe entregarme boletas?
Sí, puesto que está establecido en la Ley 29849.

Otras consultas


¿Cuál es el órgano encargado de la gestión del personal CAS?
Por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM que modifica el artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, la responsabilidad de la gestión del régimen CAS en las entidades corresponde a las Oficinas de Recursos Humanos o lo que haga sus veces.

¿Cómo se realiza la convocatoria y selección de personal CAS para cubrir puestos por suplencia?
Es obligatorio para el ingreso del personal CAS, cumplir con el proceso de convocatoria y todas las etapas de evaluación exigidas para su contratación, así se trate de un caso de suplencia.

¿Qué sucede con los contratos CAS suscritos que no siguen el nuevo modelo?
Los contratos suscritos con el antiguo modelo siguen vigentes hasta su vencimiento, luego de ello en caso de renovación se utilizará una adenda para renovar el contrato. El nuevo modelo de contrato CAS solo se utilizará para el caso de nuevas contrataciones CAS.

¿Cómo se renuevan los contratos CAS vigentes?
SERVIR ha elaborado un modelo de adenda  referencial para los contratos CAS que puede ser utilizado para la renovación de los contratos CAS vigentes:
Haga click al modelo de adenda del contrato CAS

¿Los lineamientos del poder disciplinario serán complementados?
En tanto el contrato regulado en el Decreto Legislativo Nº 1057 es un contrato de naturaleza laboral, la facultad disciplinaria del Estado puede ser desplegada sobre las personas contratadas bajo dicho régimen.
A la fecha no existe norma de alcance general que establezca expresamente el procedimiento y las medidas disciplinarias (sanciones) que las entidades podrían aplicar a las personas contratadas bajo el régimen CAS. En tanto no se dicten dichas normas, las entidades públicas deberán tomar en cuenta lo establecido en el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM.

Esta publicación pertenece al compendio Preguntas frecuentes sobre la labor de SERVIR

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