Obtener garantías de estabilidad jurídica para inversionistas nacionales y extranjeros
Si eres inversionista nacional o extranjero y necesitas obtener estabilidad tributaria en el ámbito nacional, en las exenciones tributarias, los regímenes aduaneros, entre otros, puedes solicitar garantías de estabilidad jurídica a través de Proinversión.
El Estado Peruano puede otorgar garantías de estabilidad jurídica a los inversionistas nacionales y extranjeros, y a las empresas receptoras de inversión, tanto en el caso de constitución de nuevas empresas, así como para la ampliación del capital social de empresas establecidas. Para solicitarlo debes cumplir una de estas condiciones:
- Realizar aportes de capital por un monto mínimo de 5 millones de dólares en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores minería e hidrocarburos en un plazo de 2 años.
- Realizar aportes de capital por un monto mínimo de 10 millones de dólares en los sectores minería e hidrocarburos en un plazo de 2 años.
- Realizar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión y que establezca en el contrato, como mínimo, los montos de 5 o 10 millones de dólares, según corresponda.
La vigencia de este convenio es de 10 años. En el caso de concesiones, la vigencia del convenio de estabilidad jurídica se extiende por el plazo de vigencia de la concesión.
Requisitos
Si el inversionista es persona natural:
- Formulario 5, debidamente llenado y autorizado por el representante legal.
- Copia simple del documento de identidad (para representantes extranjeros).
- Copia legalizada del Testimonio de la Escritura de Constitución Social de la empresa receptora de inversión inscrita ante la Sunarp.
Si el inversionista es persona jurídica:
- Formulario 5, debidamente llenado y autorizado por el representante legal.
- Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de la empresa inscrita ante la Sunarp. En caso sea extranjero, documento que acredite la existencia legal del inversionista en su país de domicilio debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o que cuente con la Apostilla correspondiente.
- Poder en idioma español donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, o contar con la Apostilla correspondiente.
- Copia simple del documento de identidad del representante que suscribirá el Convenio (para representantes extranjeros).
- Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social de la empresa receptora de inversión, inscrita ante la Sunarp. Si el aporte del inversionista se destina a la constitución de la empresa, debes presentar la copia legalizada de la Minuta de Constitución ingresada a Notaría.
Importante:
- Si el inversionista o representante es extranjero, también debe presentar copia del pasaporte donde muestre su visa de negocios, copia de su carnet de extranjería, o la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (Digemin).
- Si el inversionista hubiera efectuado aportes al capital social de la empresa receptora de inversión, antes o durante el proceso de solicitud de suscripción del convenio, debe presentar una copia legalizada del Asiento Contable de Capitalización del Libro Diario que acredite dichos aportes (no voucher, ni comprobante).
- Si el Asiento Contable y la Constancia Bancaria están incluidas en la Escritura Pública de Aumento de Capital, solo debes presentar la copia legalizada del Testimonio en reemplazo de dichos documentos.
Si las copias de tus documentos no están legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de Proinversión. Envía un correo a rmayanga@proinversion.gob.pe para solicitarlo.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Envía tus documentos al correo mesadepartesvirtual@proinversion.gob.pe tomando en cuenta lo siguiente:
- El archivo del documento a presentar no debe exceder los 15 MB de tamaño en total.
- Si el peso del envío es superior, envía un enlace de descarga que contenga los archivos que debes presentar. Este enlace no debe tener contraseñas, claves o similares que imposibiliten su descarga y lectura; caso contrario, el documento no será registrado en el Sistema de Trámite Documentario hasta que el remitente brinde el acceso.
- Los documentos presentados hasta las 5:00 p. m. de un día hábil se considerarán presentados el mismo día, mientras que los ingresados después de esa hora hasta las 11:59 p. m. se considerarán presentados el primer día hábil siguiente.
- Los documentos presentados los días sábado, domingo, feriado o cualquier otro día inhábil se considerarán presentados el primer día hábil siguiente.
Una vez enviado, recibirás un correo electrónico que confirma tu registro en el Sistema de Trámite Documentario, así como un usuario, contraseña y código QR para realizar el seguimiento de tu trámite. En un plazo de 20 días hábiles, la resolución del trámite será enviada a tu correo electrónico.
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 2 pasos:
1. Presenta tu solicitud
Acércate a la oficina de Proinversión ubicada en Av. Canaval y Moreyra 159, San Isidro, de lunes a viernes de 09:00 a. m. a 05:00 p. m. y presenta tus documentos. Te brindarán un cargo con el código del documento para realizar el seguimiento de tu trámite.
2. Recibe la respuesta
En un plazo de 20 días hábiles, la resolución del trámite será enviada a tu correo electrónico.