Resolución de Alcaldía N.° 0511-2024-A/MPP

7 de mayo de 2024

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO lo solicitado por Doña GLOSH MAYR ISAMAR FABHIOLA JIMENEZ REQUENA; a través del Expediente de Registro Nº 014940, de fecha 02 de abril de 2024, EN CONSECUENCIA: DECLARAR LA  DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por Doña GLOSH MAYR ISAMAR FABHIOLA JIMENEZ REQUENA y Don JORGE LUIS ESPINOZA GARCÍA;;cuyo matrimonio fue celebrado en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Veintiséis de Octubre, el día 30 de septiembre de 2020, acogiéndose al Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior entre las Municipalidades y las Notarias, de conformidad con el artículo 7º  de la Ley Nº 29227 y el Artículo 13º de su Reglamento aprobado con D.S. Nº 009-2008-JUS, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Oficina de Separación Convencional y Divorcio Ulterior de la Municipalidad Provincial de Piura, la ANOTACIÓN E INSCRIPCIÓN de la presente Resolución, en el Registro Personal de la SUNARP y en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.  
 
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que la presente Resolución agota el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior celebrado ante la Municipalidad Provincial de Piura. 

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