Impuesto al consumo de las bolsas de plástico será de S/ 0.20 durante el 2020

Nota de prensa
Regirá a partir del 1 de enero del 2020, según lo establecido en la Ley n.° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.

30 de diciembre de 2019 - 3:46 p. m.

De acuerdo a lo establecido en la Ley n.° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, impulsada por el Ministerio del Ambiente; a partir del 1 de enero del 2020, el impuesto al consumo de las bolsas de plástico de un solo uso pasará de S/ 0.10 a S/ 0.20, un incremento del 100 %.

Cabe precisar que en agosto último se estableció una carga impositiva de S/ 0.10 para desincentivar el uso de bolsas de plástico de un solo uso y así contribuir con la conservación del ambiente y el desarrollo sostenible.

La aplicación de este impuesto es gradual, y corresponde a la adquisición de cada bolsa de plástico (por unidad) que el cliente (consumidor final) adquiera. El artículo 12 de la Ley n.° 30884, precisa que la cuantía del impuesto al consumo de las bolsas de plástico es gradual y se incrementa paulatinamente: S/ 0.10 en el 2019, S/ 0.20 en el 2020, S/ 0.30 en el 2021, S/ 0.40 en el 2022 y S/ 0.50 en el 2023 y años subsiguientes.

Cabe señalar que este impuesto se aplica a la compra de las bolsas de plástico en los establecimientos comerciales o de servicios, y que están afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV), tales como los supermercados y tiendas por departamentos, entre otros.

Los establecimientos comerciales y de servicios (agentes de percepción) deberán consignar en el comprobante de pago que emitan la cantidad de bolsas entregadas y el importe total del impuesto al consumo percibido que no forma parte de la base de aplicación del IGV.

El impuesto al consumo de las bolsas de plástico será declarado y pagado a la Sunat por los agentes de percepción con una periodicidad mensual, por ello deben adecuar sus sistemas para hacer efectivo el cobro por el incremento a S/ 0.20 que regirá desde enero próximo.

Alcances de la ley

La Ley n.° 30884 o también denominada “Ley de Plástico de un solo uso” no busca prohibir todo el plástico, sino que solo prohíbe aquellos productos de plásticos que son innecesarios, que no se pueden reciclar o que representan un riesgo para la salud pública y/o el ambiente.

De esta forma, no busca perjudicar a la industria del plástico; por el contrario, busca promover la innovación, la industria de plástico sostenible y la industria de productos alternativos hechos a base de materia prima nacional como el bambú, bagazo, hojas del árbol de plátano, residuos orgánicos, entre otros.

Plástico de un solo uso

Cabe señalar que los plásticos de un solo uso son los productos desechables que sirven unos minutos o que “usas y tiras”, y estos pueden ser cañitas, botellas, envases de tecnopor, bolsas, cubiertos, envolturas, entre otros, y demoran cientos de años en degradarse. Con la aplicación de la normativa actual peruana, estos materiales saldrán paulatinamente del mercado.

Así también en Lima Metropolitana y el Callao, se generan 886 toneladas de residuos plásticos al día, representando el 46 % de dichos residuos a nivel nacional. A nivel mundial, el 50 % del total de residuos plásticos son de un solo uso.