Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 651-PE-ESSALUD-2026

3 de junio de 2026

Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO a partir de la fecha, el encargo conferido a don RAMIRO NOE CARBAJAL NICHO, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1364-PE-ESSALUD-2025 de fecha 31 de diciembre del 2025, en atención al cargo y nivel de dirección de Gerente Quirúrgico, plaza Nº 12102110, nivel Ejecutivo 3 del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins de la Red Prestacional Rebagliati.

Artículo 2.- ENCARGAR a partir de la fecha, a don RAMIRO NOE CARBAJAL NICHO, el cargo de dirección de Gerente de Red, plaza Nº 7001174X, nivel Ejecutivo 2 de la Red Prestacional Rebagliati.

Artículo 3.- En tanto dure el presente encargo, la plaza asignada al mencionado servidor será reservada.

Artículo 4.- El citado servidor deberá presentar ante el área de Recursos Humanos de la Red Prestacional correspondiente su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas dentro de los quince (15) días útiles siguientes a la fecha de cese de su gestión y a la fecha de inicio de su labor, a que se contraen los artículos 1 y 2 de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27482, Directiva Nº 04-2008-CG/FIS y demás normas reglamentarias. Asimismo, deberá presentar igual Declaración luego de cumplir 12 meses en el cargo y al término de la encargatura, en el plazo antes mencionado.

Artículo 5.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Intereses a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses de la Contraloría General de la República dentro de los primeros quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado con la presente resolución, de conformidad con lo señalado en el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 31227 y su Reglamento, asimismo, de continuar más de doce (12) meses consecutivos en el cargo y/o si se presentara algún hecho relevante que deba ser informado deberá presentar la citada declaración jurada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles subsiguientes.

Artículo 6.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Conflicto de Interés ante la Oficina de Recursos Humanos de su Red Prestacional cada vez que surja una situación que este inmerso en un conflicto de interés dentro de los cinco (5) días calendario de producida la misma.

Artículo 7.- El mencionado servidor deberá presentar, al momento de notificada la presente resolución, su Declaración Jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 31564 y su reglamento, ante la Oficina de Recursos Humanos de su Red Prestacional como requisito indispensable para el desempeño de sus funciones.

Artículo 8.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia Central de Gestión de las Personas, a la Gerencia Central de Operaciones, a la Red Prestacional Rebagliati y al servidor RAMIRO NOE CARBAJAL NICHO para los fines correspondientes.
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA-651-2026-PE

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