Resolución de Gerencia General N.° 773-2024-GG-ESSALUD

25 de abril de 2024

Artículo 1.- Se AUTORIZA al Apoderado Judicial LUIS IGNACIO URQUIAGA CABRERA, Apoderado Judicial de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, a llevar a cabo una conciliación extrajudicial con la empresa MAX VISIÓN PERÚ SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, según la siguiente propuesta conciliatoria:
a) La entidad realizará un pago único, dentro de un plazo de 15 días calendario a partir de la firma del Acta de Conciliación Extrajudicial, por un monto de S/ 1'820,798.75 (Un Millón Ochocientos Veinte Mil Setecientos Noventa y Ocho con 75/100 Soles), que incluye las penalidades, el IGV y cualquier otro impuesto aplicable. Este pago corresponde a las Órdenes de Compra N° 4503948196, 4503948170, 4503948199, 4503948698, 4503948194, 4503948200, 4503948183, 4503948180, 4503948186 y 4503948185, relacionadas con el Suministro de Productos Farmacéuticos COVID-19 para las Redes Asistenciales por un periodo de cuatro (04) meses.
b) La empresa acepta la aplicación de penalidades por un monto total de S/ 16,166.25 (Dieciséis Mil Ciento Sesenta y Seis con 25/100 Soles) respecto a las Órdenes de Compra N° 4503948180, 4503648186 y 4503948194.
c) La empresa renuncia expresamente a cualquier monto económico derivado del pago de indemnizaciones, intereses legales, costos del procedimiento conciliatorio, lucro cesante, daño emergente, daño empresarial, u otros conceptos, que pudieran afectar los intereses de la entidad, directa o indirectamente relacionados con los hechos objeto de la controversia.
d) La empresa renuncia a iniciar o continuar cualquier acción judicial, arbitral, conciliatoria, u otra acción legal en contra de la entidad, relacionada directa o indirectamente con los hechos objeto de la controversia.

Artículo 2.- Se DISPONE que la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en coordinación con el Secretario Técnico del Régimen Disciplinario, realice las acciones correspondientes dentro de su ámbito de competencias para el deslinde de responsabilidades, debido a la falta de cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

Artículo 3.- Se DISPONE que la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en coordinación con la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones, publique el Acta de Conciliación en el Portal de Transparencia de ESSALUD.

Artículo 4.- Se ENCARGA a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al servidor autorizado y a la Gerencia Central de Logística.

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