Defensoría del Pueblo: urge asegurar atención médica para internas y niños con COVID-19 en el Penal de Mujeres en Tacna

Nota de prensa
Dirección Regional de Salud debe brindar atención y tratamiento médico contra el COVID-19 a 77 internas y 2 niños en el penal.

Fotos: Perú 21

3 de setiembre de 2020 - 6:31 p. m.

Nota de Prensa N° 860/OCII/DP/2020

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Tacna demandó al Establecimiento Penal de Mujeres de Tacna disponer las gestiones necesarias para garantizar la vida y la salud de las niñas y niños que viven junto a sus madres privadas de libertad. Este requerimiento se dio tras conocer que, el 31 de agosto, se realizó la toma de pruebas de descarte de COVID -19 a la población penitenciaria del citado establecimiento, teniendo como resultado que de 99 mujeres recluidas, 77 se encuentran contagiadas, así como uno de los 2 niños que permanecen en compañía de sus madres.

Cabe resaltar que, de las comunicaciones realizadas con el citado penal, se conoció que los niños no estarían siendo tratados por un médico pediatra, dado que en el área de salud, no cuentan con dicho especialista.  Por ello, la oficina defensorial requirió que se coordine de manera inmediata con la Dirección Regional de Salud (Diresa) Tacna.

Es así que, a través del Oficio N° 347-2020-INPE-19-332-D, el penal de mujeres solicitó a la Diresa que, de manera urgente, se gestione la atención de un médico pediatra del Hospital Unanue de Tacna, a fin de que se le brinde atención médica especializada a ambos niños y se vele por su salud; solicitud que hasta la fecha no ha sido atendida.

Dentro de este contexto, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Tacna, instó a la Diresa y a la Dirección del Hospital Hipolito Unanue a atender el pedido formulado por el penal de Tacna de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo a la Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA[1], el mismo que establece que las poblaciones cerradas – como son las personas privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios – deberán comunicar el brote del virus a las instancias del Ministerio de la Salud para su atención oportuna, esto, en concordancia al Decreto de Urgencia N° 025-2020, que atribuye al Ministerio de Salud a través de sus distintos estamentos, las acciones de planificación, dirección, coordinación, supervisión, y evaluación de todas las acciones de prevención, protección y control de las enfermedades producidas por COVID-19.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Tacna considera importante recordar a las autoridades de salud de la región que, conforme lo reconoce la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DDHH, las personas privadas de libertad son una población vulnerable y, acorde a un enfoque de género, interseccionalidad y de derechos de la niñez y adolescencia, esta situación se agrava aún más en el caso de las internas madres, así como las niñas y los niños que viven con ellas en situación de encierro.

La Defensoría del Pueblo, conforme a su rol constitucional de promotor y garante de derechos humanos, seguirá vigilante de las acciones que se tomen con relación a la situación de las personas privadas de libertad, especialmente las más desprotegidas.

[1] Numeral 7.15.1 del Anexo a la Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA.