Resolución N.° 00249-2015-94-5001-JR-PE-01
RESOLUCIÓN N° 05
20 de marzo de 2026
DECLARAR INFUNDADA la solicitud de suspensión de la ejecución provisional de sentencia presentada por la defensa técnica del sentenciado OLLANTA MOÍSES HUMALA TASSO, en el extremo de la pena de quince años de privación de la libertad; en los seguidos por el delito de lavado de activos agravado -tipificado en el artículo 1 y 3, literal b) de la Ley 27765-, en agravio del Estado Peruano.
