Sobre inhabilitación al expresidente de Cofide

Comunicado
Comunicado

29 de abril de 2024 - 10:00 p. m.

En relación a la resolución emitida por la Sala 2 del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas (TSRA) de la Contraloría General, sobre la sanción de inhabilitación al señor Carlos Linares Peñaloza, informamos lo siguiente:

1.- El TRSA se constituye como la última instancia administrativa en el procedimiento sancionador. Como tal, goza de total independencia técnica y funcional en las materias de su competencia y autonomía en sus decisiones.

2.- En ejecución de la labor de control gubernamental a todas las entidades públicas del país, la Contraloría General emitió, en diciembre de 2022, el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 008-2022-2-0014-AC realizado a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), que concluyó identificando una serie de beneficios prohibidos a favor del entonces Presidente del Directorio de dicha entidad.

3.- En el marco de la responsabilidad administrativa, el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), en una primera instancia, derivó en la emisión de la Resolución N° 000514-2023-CG/OSAN que dictaminó, entre otros, una sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por dos años y cuatro meses, decisión que fue apelada.

4.- La evaluación realizada por la Sala 2 del TSRA, en el ámbito de su competencia y autonomía, determinó que el ex Presidente del Directorio de Cofide hizo mal uso de los fondos de Caja Chica de la Gerencia General de Cofide, transgrediéndose la Política de Caja Chica de la entidad.  

5.- En ese sentido, la Sala 2 del TSRA se pronunció señalando que correspondía imponer una sanción de inhabilitación de un año, lo cual fue establecido en la Resolución N° 000028-2024-CG/TSRA-SALA2 con fecha 8 de abril de 2024.

La Contraloría General es respetuosa de las decisiones del TRSA, y como tal goza de total independencia y autonomía en sus decisiones.  

Lima, 29 de abril de 2024

Contraloría General de la República