Directiva N.° 016-2023-CG/GMPL
14 de diciembre de 2023
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación obligatoria a la ejecución de inversiones y de iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyen inversión a cargo de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias.