Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN

Comunicado
Planes Estratégicos Institucionales de Pliegos de Gobierno Nacional
COMUNICADO CEPLAN 0003-2024

18 de enero de 2024 - 4:59 p. m.

En el marco del Decreto Legislativo 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con la Resolución del Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD; con el objetivo de garantizar la vinculación de los Planes Estratégicos Institucionales con los PESEM aprobados; y con la finalidad de iniciar la implementación de estos y de facilitar la elaboración, el registro y la aprobación del Plan Operativo Institucional - POI Multianual 2025 – 2027, al 30 de abril del 2024, se informa a las entidades las siguientes consideraciones con respecto a los Planes Estratégicos Institucionales:

1.    Aquellos pliegos que cuenten con PESEM aprobado y pueden formular su PEI hasta el 31 de marzo 2024, deberán considerar la guía para el planeamiento institucional y la guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos, vigentes. Se recomienda solo en este caso considerar el horizonte de 2024 al 2030.
 
2.    Los Pliegos que no lleguen a culminar su proceso de formulación de su PEI Hasta el 31 de marzo, deberán hasta el 30 de octubre del 2024, formular y aprobar su nuevo PEI, con horizonte no menor al año 2025, el mismo que debe estar alineado a los nuevos Pesem y en consecuencia, posterior a ello deberá actualizar su POI multianual.
 
a.    Con el objetivo de garantizar la articulación de los PEI con el PESEM del Sector, y dar cobertura al POI Multianual 2025 – 2027, el pliego dependiendo del caso podrán adoptar las siguientes medidas:

CASO 1:

Pliegos que cuentan con PEI con informe técnico de verificación y validación de CEPLAN y con horizonte final igual o mayor al año 2027; además de contar con PESEM aprobado alineado al PEDN 2050. a la fecha del presente comunicado

MEDIDA

Deberán actualizar el Anexo B-1 y de ser necesario realizar la modificación de su PEI y POI para garantizar la articulación con el PESEM del Sector, hasta el 30 de marzo del 2024. 

CASO 2:

Pliegos que cuentan con PEI con informe técnico de verificación y validación de CEPLAN y con horizonte menor al 2027; y cuenta con PESEM recientemente aprobado alineado al PEDN 2050. a la fecha del presente comunicado

MEDIDAS

1.Deberán solicitar ampliación de horizonte del PEI para dar cobertura a su POI Multianual 2025 – 2027 hasta el 30 de marzo del 2024.

2.Deberán actualizar el Anexo B-1 y de ser necesario realizar la modificación de su PEI y POI para garantizar la articulación con el PESEM del Sector, hasta el 30 de marzo del 2024.

CASO 3: 

Pliegos que no cuentan con PESEM aprobado alineado al PEDN 2050.

MEDIDA

1.Según sea el caso deberán solicitar ampliación de horizonte del PEI para coberturar su POI multianual.

 
b.    El Ceplan actualizará la Guía para Planeamiento Institucional con los lineamientos para la formulación del nuevo PEI, hasta el 31 de marzo y brindará asistencia técnica correspondiente. El Ceplan recomienda considerar que el nuevo PEI que se formule, sea de los años 2025 – 2030, consistencia con los PESEM aprobados alineados al PEDN 2050. (deberá tomar en consideración su informe de evaluación de resultado).
 
3.    Los pliegos deben culminar con el informe de evaluación de PEI-POI correspondiente al año 2023, hasta el 30 de abril del 2024.

Nota: Este comunicado no se aplica para: El Congreso de la República, Poder Judicial, OCAs, Universidades Nacionales.