ATU publica reglamento para el otorgamiento del subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte terrestre

Nota de prensa

10 de julio de 2020 - 3:21 p. m.

Lima, 10 de julio de 2020. Luego de un proceso de diálogo y contribuciones entre los Operadores del transporte regular de Lima y Callao y la Autoridad de Transporte Urbano (ATU), se publicó el reglamento para el otorgamiento del subsidio económico a los prestadores del servicio de transporte terrestre.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 98-2020, publicada hoy en El Peruano, se adecuarán los registros de los servicios de transporte terrestre de personas en Lima y Callao, a fin de incorporar los elementos que le permitan a la ATU resguardar el cumplimiento de las condiciones de operación para acceder al subsidio.

“La ATU dispondrá de un aplicativo informático para la actualización de datos de los operadores y los propietarios de vehículos habilitados, vigentes desde la publicación del Decreto de Urgencia N°079-2020”, explicó la titular de la entidad, María Jara quien precisó que los operadores dispondrán de un máximo de cinco días contados para actualizar en el aplicativo su información personal.

El dispositivo precisa que las empresas podrán sustentar los kilómetros recorridos a través de la unidad de Seguimiento GPS, o de una aplicación móvil que la ATU entregará para la instalación en los smartphone que el operador implementará en cada vehículo.

Asimismo, será un requisito para el operador la programación de la flota para el control y monitoreo vía GPS. Para tal fin, se deberá registrar en el aplicativo informático de la ATU -de manera previa al inicio de la prestación diaria del servicio- los vehículos programados para cada día de operación. En el aplicativo se registra la información de los vehículos operativos y en retén, así como aquellos conductores programados.

El coeficiente de pago por kilómetro recorrido estimado es de S/ 0.30 para las camionetas rurales; S/ 0.63 para los microbuses y S/ 1.29 para omnibuses.

Cabe precisar que la fecha de inicio de entrega del subsidio se establecerá mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, otorgándose el subsidio durante 30 días calendarios contados a partir de la citada fecha de inicio.

PRENSA ATU