Obtener autorización para la prestación de servicios privados de telecomunicaciones

Si estás interesado en brindar servicios privados de telecomunicaciones en el territorio nacional, debes solicitar la autorización al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

La Dirección de Servicios en Telecomunicaciones del MTC brinda la autorización de este servicio por 5 años, desde la recepción de la autorización y puede ser renovada por el mismo periodo. El trámite no tiene costo.

Los servicios se clasifican en:

  • Teleservicios o servicios finales:
  • Fijo: Según su ámbito puede ser terrestre, aeronáutico o por satélite.
  • Móvil: Según su ámbito puede ser terrestre, marítimo, aeronáutico o por satélite.
  • Móvil de canales múltiples de selección automática (troncalizado).
  • Radionavegación: según su ámbito puede ser marítima o aeronáutica.
  • Espacial: Puede ser investigación espacial, operaciones espaciales o meteorología por satélite.
  • Colectivo familiar (banda ciudadana).
  • Enlace auxiliar a la radiodifusión: Según su modalidad de operación puede ser fijo o móvil.
  • Emisiones de frecuencia patrón y de señales horarias.
  • Radioastronomía.
  • Ayuda a la meteorología.
  • Radiolocalización.
  • Exploración de la tierra por satélite.
  • Servicio de difusión:
  • Circuito cerrado de televisión.
  • Servicio de valor añadido.

Condiciones:

  • No tener deudas pendientes de pago, respecto al derecho de autorización, tasas y canon por alguna concesión o autorización que se le hubiera otorgado previamente, excepto que cuente con fraccionamiento de pago vigente.
  • La autorización es intransferible, salvo aprobación previa y expresa del MTC.
  • La no renovación de la autorización extingue la autorización de pleno derecho por vencimiento del plazo de vigencia.
  • El incumplimiento del pago por derecho de autorización y canon en los 60 días hábiles de notificada la autorización es causal para dejar sin efecto automáticamente la autorización.
  • No podrá clasificarse como servicio privado el ofrecido a terceros a cambio de una contraprestación relacionada con el servicio, sea directa o indirecta.

Condiciones de la autorización para establecer y operar estaciones radioeléctricas del teleservicio privado

  • La autorización está sujeta al pago total del derecho de autorización y al pago total del canon en los 60 días hábiles siguientes a su notificación.
  • La persona natural contará con una licencia de operación para cada estación radioeléctrica autorizada.
  • La licencia de operación la emite la dirección de servicios en telecomunicaciones previa homologación de los equipos.

Requisitos

  • Formulario de solicitud, llenado, firmado y con huella digital.
  • Si se trata de entidades legales extranjeras, presenta una copia del instrumento legal que certifique la constitución de la persona jurídica.

Formato de perfil del proyecto técnico autorizado, firmado y sellado por un ingeniero colegiado y habilitado, en la especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones, según el servicio a prestar:

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Al ingresar, registra tu cuenta en el TUPA Digital del MTC, valida tus datos y correo electrónico y después inicia sesión. Luego, busca el trámite a realizar, selecciona Iniciar procedimiento y adjunta tus documentos en archivo PDF, con un peso máximo de 50 MB. Para terminar, haz clic en Enviar solicitud. Al finalizar, el sistema de brindará un número de expediente para hacer seguimiento de tu trámite.

Solicita autorización

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

1. Acércate al MTC

Dirígete a la Mesa de Partes Central del MTC, ubicada en jirón Zorritos 1203, Cercado de Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m. o, si estás en provincia, a la Mesa de Partes de los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., y presenta los requisitos. Si hubiera alguna observación, te notificarán al correo electrónico indicado en tu solicitud, para que la subsanes.

2. Espera respuesta

En un plazo de 30 días hábiles, recibirás respuesta a través del correo electrónico que declaraste en tu solicitud.  Para que tu autorización entre en vigencia, debes responder al correo dando la conformidad a la recepción de la notificación.

Si transcurren 2 días hábiles sin que des respuesta, te enviarán la notificación física a tu dirección consignada y la entidad deberá esperar el cargo de recepción para la vigencia de tu autorización.