Infracciones de Tránsito y Transporte

El Reglamento Nacional de Tránsito aprobado mediante D.S. 033-2001-MTC y el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, mediante D.S.016-2009-MTC, establecen las normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres.

Estas normas se aplican a los desplazamientos de personas, vehículos y animales, así como a las actividades relacionadas con el transporte y el medio ambiente en relación con el tránsito.

El efectivo de la Policía Nacional del Perú asignado al control de tránsito está facultado para imponer las sanciones de tránsito y el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo, se encarga de realizar la cobranza de las infracciones impuestas dentro de la jurisdicción de Trujillo. Además, se encarga de resolver los recursos impugnativos, tales como los descargos y las apelaciones, así como las solicitudes no contenciosas como la prescripción, devoluciones y compensaciones.

Código de las infracciones y sanciones

Las infracciones usan como elemento codificatorio el siguiente:

  • La letra M para las faltas muy graves.
  • La letra G para las faltas graves.
  • La letra L para las faltas leves.

Valores de las multas de tránsito

Las sanciones se imponen de acuerdo a los siguientes porcentajes.

Infracciones leves (L): Multa equivalente al 4% de la Unidad Impositiva Tributaria.
UIT vigente para el año 2024 : S/ 5,150.00

En el caso de reincidencia, es decir, el hecho de cometer nuevamente la misma infracción dentro del lapso de 12 meses, será sancionada con el doble de la multa establecida.

Pagar la multa con descuento

El Reglamento Nacional de Tránsito otorga dos periodos de descuento que son los siguientes:

  • El descuento del 83% sobre el importe previsto para la infracción cometida, dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de su imposición o notificación de la presunta infracción.
  • El descuento del 67% sobre el importe previsto para la infracción cometida, dentro del periodo comprendido desde el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la resolución de sanción.

El descuento no será aplicable a las infracciones tipificadas como M1, M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31 y M32, ni a los conductores de las unidades de servicio de transporte público, las que deben ser canceladas en su totalidad.