Arbitrios municipales

Los arbitrios municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo. Estas tasas son aprobadas mediante ordenanza, la cual establece los montos de las tasas que deban pagar los contribuyentes de la provincia de Trujillo.

Los propietarios de un predio son contribuyentes y deben pagar arbitrios en los casos en que los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier título.
En el caso de los predios propiedad de entidades religiosas, los poseedores de los mismos son responsables solidarios. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, el poseedor del predio adquirirá la calidad de contribuyente.

Asimismo, los predios de propiedad del Estado que han sido cedidos para el uso de diferentes personas naturales o jurídicas se consideran contribuyentes para efectos del pago de los arbitrios a los ocupantes del mismo.

Pago de arbitrios

Los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines públicos, así como serenazgo se cobran de manera mensual, mientras que su recaudación es trimestral. El pago puede efectuarse mediante cuotas trimestrales al contado en cualquiera de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria Trujillo (SATT) o en las cuentas bancarias.