Solicitar la revalidación de las competencias como personal aeronáutico
Si eres titular de una licencia aeronáutica y quieres mantener vigentes las condiciones para realizar actividades habilitadas en tu licencia, debes solicitar la revalidación de tus competencias como personal aeronáutico al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Esto asegura que cumples con las condiciones necesarias para continuar operando en el sector.
Revisa el TUPA de la entidad sobre el trámite de Revalidación de competencias del personal aeronáutico.
Condiciones:
- La revalidación se realiza antes de la fecha de vencimiento de la licencia o del certificado médico aeronáutico. Si no lo hiciste a tiempo, podrás revalidarla, pero no podrás ejercer como personal aeronáutico y deberás cumplir con exámenes teóricos o pruebas de pericia según la normativa de licencias.
- Los pilotos, tripulantes de cabina, mecánicos a bordo, navegantes de vuelo, controladores de tránsito aéreo y operadores AFIS, deben contar con un certificado médico vigente, que demuestre que cumplen con los requisitos de salud para ejercer sus funciones en aire o en tierra. Este debe ser emitido por los Centros Asistenciales de Salud autorizados por la DGAC.
- Los certificados de aptitud psicofísica son reglamentados por las Normas médicas y su certificación (RAP 67 )
- Las licencias aeronáuticas son indefinidas, pero debes mantener la experiencia reciente, la instrucción y la aptitud médica según la normativa vigente y la OACI para seguir ejerciendo.
Requisitos
- Solicitud, según formulario 001/12 - personal aeronáutico, dirigida al director general de Aeronáutica Civil (DGAC), que indique:
- Número de oficio de la DGAC que indique el resultado aprobatorio de las evaluaciones teórica y práctica, según el tipo de licencia o habilitación
- Día y número de constancia de pago por derecho de trámite.
- Copia simple de la constancia que acredite experiencia reciente, cuando corresponda, salvo que esté acreditada en los registros de la DGAC, según el tipo de licencia:
- Licencias para pilotos y sus habilitaciones (RAP 61).
- Licencias para miembros de la tripulación excepto pilotos (RAP 63).
- Licencias del personal aeronáutico excepto miembros de la tripulación (rap 65).
- Copia simple de constancia de cursos de refresco o calificación, cuando corresponda, salvo que la información esté en los registros de la DGAC, de acuerdo con el tipo de licencia:
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Paga S/ 48.60 , por derecho de trámite al código 0223, en el Banco de la Nación. Luego carga los documentos indicados en los requisitos en el formulario de licencias de personal aeronáutico o mediante el TUPA Digital del MTC. Al finalizar el registro el sistema te brindará un número de trámite, para hacer seguimiento a tu solicitud. En un plazo de 3 días hábiles la entidad enviará la respuesta.
Si tienes dudas o consultas llama al teléfono: (01) 6157800.