Obligaciones de la DIRSAPOL y SALUDPOL

Conoce las obligaciones que tienen las direcciones de la Sanidad Policial (DIRSAPOL) y la propia institución (Saludpol).

Obligaciones de la Dirección de la Sanidad Policial (DIRSAPOL):

  • Brindar atención médica oportuna y de calidad a los asegurados, según la capacidad de los establecimientos de la sanidad.
  • Garantizar la adecuada dotación de medicamentos y otros recursos necesarios para la atención de los asegurados.
  • En caso de que el asegurado requiera una prestación de salud que no pueda ser atendida en la red de establecimientos de la Dirección de Sanidad Policial, solicitar a SaludPol, según el procedimiento establecido, que gestione dicha atención en un establecimiento NO PNP.
  • Verificar la identidad de las personas usuarias de los servicios y su condición de asegurados, a fin de proceder a la prestación del servicio.
  • No realizar cobros directa o indirectamente a los asegurados por los servicios de salud incluidos en su plan de asegurados.

Obligaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL):

  • Informar a sus asegurados sobre los procedimientos a los que tienen derecho.
  • Financiar a la Sanidad de la PNP las prestaciones de salud brindada a sus asegurados, según convenio de las IAFAS.
  • Gestionar oportunamente prestaciones de salud en IPRESS No PNP al recibir el requerimiento debidamente sustentado de las IPRESS de la Sanidad PNP, cuando ellas no pueden brindar la prestación de salud solicitada.
  • Reembolsar a los asegurados el gasto en medicamentos cuando la IPRESS de la Sanidad PNP en que fueron atendidos, no cuente con dichos medicamentos.
  • Atender emergencia Prioridad uno en IPRESS No PNP, previa verificación de un médico auditor y haber notificado a SaludPol dentro de las 72 horas.
  • Si el asegurado requiere atención en una ciudad distinta y no en el lugar donde corresponde su atención, SaludPol podrá cubrir el costo del pasaje aéreo y se reembolsará el pasaje terrestre.